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Ya no se presentará la declaración ordinaria 2020 del Registro de Accionistas

Redactado por: Licenciada Marta Patricia Víquez Picado

15 de agosto de 2020


De acuerdo con publicación en el diario oficial La Gaceta del día de hoy, la Dirección General de Tributación modifica varios artículos y adiciona un artículo a la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 del 26 de marzo del presente año 2020. Esta resolución obedece a las medidas de contención que implementa el Gobierno de la República ante las afectaciones económicas y sanitarias, producto de la pandemia del Coronavirus.

La principal modificación introducida consiste en que se tendrá lo declarado en el 2019 de forma automática como declaración ordinaria correspondiente al 2020, sin que se requiera de parte de los obligados ningún tipo de gestión adicional.


Cabe resaltar que los sujetos obligados a declarar y que a la fecha figuran en el sistema como incumplidores u omisos, deben presentar la declaración ordinaria del RTBF del período 2019, para que se les tenga como presentada la declaración ordinaria del RTBF del período 2020.


Tipos de declaración

  • Ordinaria: Se presenta anualmente en el mes de ABRIL. Al momento de declarar el sistema precargará la última declaración presentada, de manera que el declarante actualice la información que haya variado o bien confirme que la declaración no tiene cambios y proceda con su presentación. Fecha establecida para la próxima declaración ABRIL de 2021.

  • Extraordinaria y correctiva: En el caso que el sujeto obligado requiera presentar una declaración extraordinaria debido a la transferencia de las participaciones que igualen o superen el 15% o deban realizar correcciones en la información suministrada en la declaración ordinaria de 2019, podrán integrar dichas modificaciones o correcciones en la declaración ordinaria de 2021.

  • Personas jurídicas recién constituidas: Las personas jurídicas constituidas entre el primero de enero de 2020 y el 31 de marzo de 2021, deben presentar su primera declaración ordinaria en el mes de abril de 2021.

La Notaria le brinda asesoría acerca de la Declaración del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales y la debida presentación. Contáctenos al teléfono 87490552, al correo electrónico; legal@lanotaria506.com


Consulte la resolución en la página oficial del Ministerio de Hacienda:


Fuente bibliográfica

Reforma a la Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales: DGT-ICD-R-19-2020 del 06 de agosto de 2020. Publicado en La Gaceta No. 201 del 13 de agosto de 2020



 
 
 

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