Declaración del Registro de Transparencia periodo 2023, del 01 de mayo al 30 de junio
- La Notaría 506
- 22 abr 2023
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Actualizado: 1 may 2023
Redacción
Licenciada Marta Patricia Víquez Picado
22 de abril de 2023

Mediante resolución MH-DGT/ICD-RES-0004-2023 de la Dirección General de Tributación y del Instituto Costarricense Sobre Drogas, los representantes legales y/o autorizados de suministrar información deben presentar la Declaración Ordinaria de 2023 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales entre el 01 de mayo al 30 de junio de 2023. La modificación del plazo, aplica por una única vez, manteniéndose la obligación de declarar anualmente en el mes de abril.
Asimismo, se modifica el artículo 10 de la Resolución Conjunta de Alcance General DGT-ICD-R-06-2020 del 26 de marzo del 2020 y sus reformas, para que mediante “Declaración correctiva”, los representantes legales y/o autorizados, corrijan errores u omisiones en las en declaraciones ordinarias y/o extraordinarias, por una única vez durante el período vigente. Es requisito adjuntar a las declaraciones correctivas, nota firmada por el representante legal y/o autorizado, con el detalle de los motivos de las enmiendas introducidas.
¿Quiénes son los obligados a declarar?
La declaración del RTBF la deben presentar todas las personas jurídicas y otras estructuras jurídicas, a saber: Sociedades Anónimas, de Responsabilidad Limitada, en Nombre Colectivo, en Comandita, Empresas Individuales de Responsabilidad Limitada, Sociedades Extranjeras con cédula jurídica nacional, fideicomisos, asociaciones, fundaciones, Sociedades Civiles y Sociedades Profesionales entre otras.
¿Quién es la persona responsable de presentar la declaración?
Esta obligación le corresponde a los Representantes legales con facultades de apoderados generalísimos sin límite de suma o apoderados especiales (poder otorgado en escritura pública).
Lugar para declarar
La declaración del RTBF únicamente se realiza mediante la plataforma de Portal de Central Directo: https://www.centraldirecto.fi.cr mediante el uso de Firma digital del representante legal responsable de declarar.
Fuente
Resolución conjunta DGT-ICD-R-06-2020 Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas. San José, de las de las ocho y cinco horas del veintiséis de marzo de dos mil veinte.
Resolución conjunta MH-DGT/ICD-RES-0004-2023 de la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense Sobre Drogas, de las ocho horas quince minutos del seis de marzo de dos mil veintitrés. Consulta el documento haciendo clic aquí.
Información del contacto
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